a) Normativa Nacional
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela
Artículos relacionados con la protección del mayor
Artículo 80
“El Estado garantizará a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, está obligado a respetar su dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano. A los ancianos y ancianas se les garantizará el derecho a un trabajo acorde a aquellos y aquellas que manifiesten su deseo y estén en capacidad para ello.”
Las personas mayores gozan de todos los derechos consagrados en nuestra
constitución como: el derecho a la vida, a la salud, al trabajo, a una vida
libre de violencia, entre otros.
.
El INAGER (Instituto Nacional de Geriatría y Gerontología), fue
sustituido por el INASS (Instituto Nacional de los Servicios Sociales), a
continuación transcribimos el siguiente texto en relación a su promulgación en
la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
“El actual Instituto Nacional de Servicios Sociales (Inass) fue
designado como tal mediante la Ley de Servicios Sociales, publicada en Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.270, de fecha 12 de
septiembre de 2005, conservando su designación como "Instituto
Nacional" de conformidad con el Artículo 69 de la referida Ley; lo que, en
concordancia con lo establecido en el Artículo 95 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.305, de fecha 17
de octubre de 2001, y dentro del Marco Constitucional establecido en el
Artículo 142 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, le
atribuye el carácter de autonomía funcional, personalidad jurídica y patrimonio
propio”
La misión del INASS es:
" Fomentar y ejecutar políticas, planes
y estrategias en materia de servicios sociales, para garantizar los derechos de
las Adultas y Adultos Mayores y Otras Categorías de Personas, propiciando la
participación e integración ciudadana, en articulación y coordinación con los
entes públicos y privados, a fin de mejorar su calidad de vida, contando con un
personal calificado y comprometido con el desarrollo social del país."
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